Propiedad intelectual: Es la forma bajo la cual se protege el resultado del esfuerzo creador intelectual del hombre y algunas de las actividades que tienen por objeto la divulgación de esas creaciones.
Algunas creaciones y actividades que se protegen por los derechos de propiedad intelectual:
· Las obras literarias, artísticas y científicas,
· Las interpretaciones y ejecuciones de los artistas,
· Los fonogramas,
· Las emisiones de radiodifusión,
· Las invenciones en todos los campos de la actividad humana,
· Los dibujos y modelos industriales,
· Las marcas de ffábrica de comercio y de servicio,
· Los nombres y denominaciones comerciales, y
· La represión de la competencia desleal.
La propiedad Intelectual se divide en dos grandes remas: a) Derechos de autor y b)Propiedad industrial que se encuentran protegidos por los convenios de Berna y de París, respectivamente.
Todos los derechos intelectuales tienen en común la EXCLUSIVIDAD, lo cual le da a su propietario todos los derechos sobre la propiedad, incluyendo el traspaso a un tercero.
La protección de estos derechos en Guatemala se encuentran regulados en: El artículo 42 de la Constitución Política de la República “Derecho de autor o inventor; en la Ley de Derechos de autor y Derechos conexos, en la Ley de Propiedad Industrial, así como en los convenios internacionales ratificados por Guatemala.
Algunas formas de protección intelectual en materia de propiedad industrial:
1) Patente
-Entendiéndose esta como el título, certificado o documento oficial que emite el Estado para acreditar los derechos exclusivos que corresponden al inventor, o bien, a quien ha adquirido de éste el derecho a ser titular de la invención.
Requisitos de patentabilidad
a) Novedad; b) Actividad inventiva; c)aplicabilidad industrial
Tipos de patentes
– Invenciones
– Modelo de utilidad: Es una invención con menor nivel inventivo, se define como toda mejora o innovación en la forma, configuración o disposición de elementos, de algún objeto, o de una parte del mismo.
– El plazo de protección es de 10 años.
2) Diseño industrial
– Es una creación intelectual que tiene por objeto dar a un producto una apariencia particular. Esta apariencia puede estar determinada por la forma del producto, su color, textura o cualquier otra característica.
3) Signos distintivos
– Son las señales o figuras que utilizan las empresas para hacerse reconocer en el mercado y diferenciarse de sus competidores.
4) Marca
– Es cualquier signo que permite distinguir, en el mercado, los bienes o servicios producidos o prestados por una persona a los prestados por otra.
– Pueden estar constituidas por palabras, conjunto de palabra; lemas y frases publicitarias, cifras, monogramas, figuras, retratos, etiquetas, escudos, estampados; etc.
Cortesia de:
Bufete Rivers & Asociados